La nueva regulación laboral establece parámetros diferentes para la subcontratación de personal y la administración de nómina. Tales cambios establecen nuevas medidas para gestionar el pago de impuestos por estos conceptos, llevando a los usuarios de estos servicios a actualizarse.

La pregunta más frecuente es: ¿cómo se pueden deducir impuestos bajo este nuevo modelo?  Aquí te damos la respuesta.

Sí es posible deducir impuestos con la nueva ley

En su declaración ante el SAT, las empresas sólo pueden deducir los gastos por aquellos conceptos estrictamente indispensables para la actividad empresarial, esto de acuerdo con el artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) que en la reforma, establece que:

[…] Tratándose de la prestación de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas a que se refiere el artículo 15-D, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación, el contratante deberá verificar cuando se efectúe el pago de la contraprestación por el servicio recibido, que el contratista cuente con el registro a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, asimismo, deberá obtener del contratista copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores con los que le hayan proporcionado el servicio o ejecutado la obra correspondiente, del recibo de pago expedido por institución bancaria por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores, del pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como del pago de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. El contratista estará obligado a entregar al contratante los comprobantes y la información a que se refiere este párrafo.

Los servicios subcontratados deben ser especializados, es decir, servicios especializados. La Ley Federal del Trabajo contempla tres tipos de subcontratación: servicios especializados, ejecución de obras especializadas y servicios u obras complementarias prestadas entre el mismo grupo solo cuando la contratación no forme parte de su objeto social ni de su actividad económica principal.

Es decir, no puede hacerse la subcontratación de personal para actividades que sean iguales a las del personal contratado para el objeto social de la empresa.

Para ello, el proceso de subcontratación establece la obligación de que haya una formalización mediante contratado por escrito señalado los servicios u obras a prestar y el número aproximado de trabajadores que participarán bajo este esquema.

Para poder prestar servicios subcontratados se requiere que las empresas proveedoras cuenten con el registro respectivo ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. Deben quedar registradas en un padrón público, disponible en Internet y deberán renovar su registro cada tres años. Para renovarlo, estarán obligadas a ser auditadas. Aquellas empresas que no cuenten con el registro o impidan la auditoría, podrán recibir multas de 250 a 5 mil Unidades de Medida de y Actualización.

Por lo tanto, como lo establece el SAT, la administración de nómina se cataloga como un servicio especializado, mientras esa actividad no forme parte del objeto social de la empresa y  al ser servicios indispensables para la actividad empresarial sí son deducibles de impuestos.

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Requisitos para la deducción de ISR

Sin embargo, para aplicar la deducción del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es obligatorio cumplir con los requisitos legales que el SAT establece, como el pago de salarios completos, la afiliación al IMSS de los trabajadores y el cumplimiento de las prestaciones de ley.

Al respecto, la reforma establece que la empresa contratante, para deducir los pagos efectuados al contratista debe:

  • Verificar que el contratista cuente con el registro a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (inscripción en el padrón)
  • Copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores
  • Copia del recibo de pago expedido por institución bancaria por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a los trabajadores
  • Copia del pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS
  • Copia del pago de las aportaciones al INFONAVIT

No será posible realizar deducciones al ISR en los casos establecidos en el artículo 15-D del Código Federal de la Federación siguientes:

  • Pagos realizados por concepto de subcontratación de personal para realizar actividades relacionadas con el objeto social y actividad económica preponderante del contratante.
  • Pagos tratándose de la disposición de personal al contratante cuando:
  • Los trabajadores originalmente hayan sido trabajadores del contratante y hubieren sido transferidos al contratista
  • Los trabajadores abarquen las actividades preponderantes del contratante

Requisitos para la deducción de IVA

La retención del 6% del IVA por servicios subcontratados ya no es posible. Para hacerlo, es necesario demostrar que el IVA se trasladó al contribuyente y debe constar por separado en comprobantes fiscales. Para poder trasladar el IVA a por concepto de servicios especializados se requiere la verificación de que el contratista esté registrado en el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la declaración del IVA, con acuse de recibo correspondiente al periodo en que se hizo este pago que le fue trasladado.

La notificación debe hacerse en el último día del período fiscal. En caso de que el contratista no pueda hacerlo, tendrá que presentar una declaración complementaria donde formalice los conceptos por esta acción.

En conclusión, es importante que los clientes que contratan un servicio de administración de nómina o servicios especializados sepan que pueden deducir sus gastos y obtener beneficios fiscales al optar por este esquema de contratación.

 

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